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Me han regalado un perro ¿y ahora qué?

Hace unos días un amigo nos comentaba que a su sobrino pequeño de dos años y, sin previo aviso, le habían regalado un pequeño animal doméstico y argumentaba que, obviamente, dada la edad del niño, era a sus padres a quienes iba a corresponder el cuidado del animal lo que suponía una responsabilidad ni buscada ni querida por ellos. Esta historia nos sirve para ejemplificar lo que seguro les ha ocurrido a algunas, sino muchas, familias. Seguro que hay hogares en los que los Reyes Magos o Papá Noel han dejado un perro o un gato o cualquier otro animal doméstico. Si el regalo se hizo tras una petición expresa, pensada y responsable del futuro propietario, seguramente no habrá problemas en el futuro pero cuando un regalo de este tipo se realiza como una sorpresa es cuando se pueden plantear los inconvenientes.

Hace ya algunas semanas utilizábamos este mismo espacio para desaconsejar este tipo de regalos salvo que conociéramos muy bien a la persona a la que iban destinados. Pero, si a pesar de todo, nos encontramos con que el nuevo año comienza compartiendo nuestra vida con una mascota que no habíamos pensado tener es importante recordar algunas obligaciones legales contenidas en nuestra ley autonómica de protección de animales.

El primero de estos deberes es de la identificación y el censo que, en nuestra Comunidad Autónoma, es obligatoria para perros y gatos. La identificación ha de hacerse mediante la implantación de un microchip y, en principio, los animales deben estar identificados antes de su venta o cesión. Si no fuera así, es obligatorio hacerla antes de los tres meses. El censo supone la inscripción en el registro que a tales efectos exista en el Ayuntamiento en el que el animal se encuentre habitualmente y el plazo para realizarlo es también de tres meses contado desde la fecha de nacimiento o de quince días a contar desde la fecha de adquisición. Junto a estas obligaciones de carácter administrativo se encuentran otras, más básicas, pero que igualmente se encuentran recogidas en la ley: llevar un control veterinario y tener una cartilla con las vacunaciones y desparasitaciones al día, dar al animal la alimentación, bebida, descanso y ejercicio adecuado, no maltratarlo, no abandonarlo, etcétera. Todo esto sin contar que sea un perro de una raza considerada potencialmente peligrosa en cuyo caso se multiplican las obligaciones. Y es que ser propietario de un animal doméstico supone una gran responsabilidad que puede conllevar importantes consecuencias legales pues el incumplimiento de estas obligaciones puede suponer la imposición de sanciones administrativas o incluso penales.

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Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...

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