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Separaciones de hecho

Un divorcio implica gastos extra. No solamente estamos hablando del procedimiento judicial, porque ya hemos explicado en otras ocasiones que existe la posibilidad de solicitar el beneficio de justicia gratuita en algunos casos. Pero romper una convivencia que venía realizándose en una sola vivienda, como mínimo, significa que uno de los dos miembros de la pareja tendrá que buscarse otro lugar, duplicando así algunos pagos que hasta entonces eran comunes. Además habrá que seguir haciéndose cargo de la manutención de los hijos, si es que los hay y pensar en repartir los bienes gananciales si este es el régimen económico del matrimonio.
Todas estas previsiones asustan, mucho más en tiempos de crisis y especialmente a las familias que están atravesando dificultades económicas. Por eso son muchas las parejas que, aunque se encuentran en plena crisis matrimonial, no legalizan su ruptura a pesar de que, de hecho, han roto la convivencia y no tienen ninguna expectativa de reconciliación.
Lo sabemos porque nos llegan consultas de personas que se encuentran en esta situación y nos hacen llegar dudas como las siguientes: ¿es suficiente un documento privado para decidir provisionalmente quien se queda con los niños y cómo pagamos los gastos? ¿si rompemos la convivencia dejan de ser comunes los ingresos de cada uno? ¿si uno de los dos no cumple con lo acordado esos pactos tienen valor ante un Juzgado?
Lamentablemente esos pactos privados no tienen valor ante un Juzgado, especialmente en lo que tiene que ver con cuestiones relacionadas con los niños, pues no debemos olvidar que en un procedimiento de divorcio o separación judicial siempre es parte el Ministerio Fiscal y su cometido es supervisar los acuerdos cuando los hay, valorando si se respetan los intereses de los hijos. Además, incluso en el caso de que fueran acuerdos razonables y respetuosos con los menores, para lograr que se ejecutaran habría que obtener antes un auto o sentencia con el consiguiente procedimiento judicial.
En lo que a cuestiones económicas se refiere hay más posibilidades de maniobra, pero también hay riesgos si las cosas no se hacen correctamente.
El mejor consejo que se puede dar a aquellas parejas que tienen claro que no hay reconciliación posible y que la ruptura es definitiva es que no dejen las cosas ir sin preocuparse, sobre todo si hay niños o si su régimen económico es el de gananciales. Que recuerden la opción de solicitar el beneficio de justicia gratuita si el problema el pagar al abogado y al procurador y que intenten, en la medida de lo posible, no solo buscar acuerdos que beneficien a ambas partes y que protejan a los niños, sino que formalicen tales acuerdos a través del correspondiente procedimiento judicial.

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