Marcos y su novia están buscando un piso de alquiler con una renta baja, pero con lo que pueden pagar solo les ofrecen pisos en muy malas condiciones. Están pensando en ofrecer hacer algunas reformas a cambio de unos meses sin tener que pagar la renta y siempre que les mantengan la renta. Nos pregunta si este pacto sería legal, si puede incluirse en el contrato y cuál sería la duración del alquiler una vez hechas las obras.
Sí que puede llegarse a ese acuerdo con el arrendador pero es muy importante incluirlo en el contrato, especificando el tipo de obras que van a realizarse así como las mensualidades de renta que de forma total o parcial se reemplazan por la realización de las obras. En cuanto a la duración del contrato, será la que pacten las partes, ahora bien, la duración mínima legalmente establecida a favor del arrendatario ya no es de cinco años sino de tres y siempre pueden presentarse circunstancias sobrevenidas que pueden afectar a esta duración una vez transcurrido el primer año, como necesidad del arrendador o sus parientes más próximos. Por eso es esencial que las obras se compensen adecuadamente con las mensualidades sin pago pues el inquilino no tendrá derecho a una indemnización al término del contrato.