Ismael quiere comprar un piso y todos los documentos están ya en la Notaría, pendientes de la firma. El vendedor tiene que presentar una certificación del estado de deudas con la comunidad, pero dice que se lo ha solicitado al presidente, que es una persona de avanzada edad y que no tiene ni idea de cómo hacerlo, ofreciéndole en su lugar hablar personalmente con esta persona. Nos pregunta si esto puede dificultar la operación.
En el momento de la firma en la Notaría el vendedor debe presentar la certificación sobre el estado de deudas con la comunidad emitida por el secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente. El secretario debe emitir esta certificación en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud. La venta puede llevarse a cabo sin esta certificación siempre y cuando tú renuncies a la misma, pero no es recomendable. Ten en cuenta que como comprador responderás de las cantidades adeudadas a la comunidad por el propietario anterior hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en que se realiza la adquisición y los tres años naturales anteriores. Es esencial tomar en cuenta este dato, pues tras la última reforma de la Ley de la Propiedad Horizontal se ha extendido esta responsabilidad de un año natural a tres, con lo que en caso de que haya deudas la cantidad puede llegar a ser importante.