Dada la dificultad de conseguir una hipoteca con la que se encuentran muchas personas que aspiran a comprar una vivienda, están empezando a surgir sistemas menos habituales que prácticamente no se veían en los últimos años. Así, son muchos los compradores que ante la falta de financiación ofrecen al propietario adquirir la vivienda procediendo al pago mediante letras de cambio, firmándose la compra en un documento público ante notario, con inclusión de alguna cláusula que proteja al propietario en caso de impago, bien con reversión de la propiedad al vendedor, bien con reserva de dominio de modo que el comprador no se haga propietario hasta el completo pago.
El problema es que en este tipo de situaciones el vendedor está financiando la compra pues tardará muchos años en recuperar el valor del inmueble. Es una opción que no le interesa ya que, para percibir mensualidades, mejor opta por alquilar el inmueble y de ese modo rentabilizarlo sin dejar de ser el propietario.
¿Por qué entonces hay propietarios que optan por esta solución? Unos por un exceso de confianza o por la desesperanza de llegar a vender en mejores condiciones. Pero otros y con estos hay que tener cuidado, porque están seguros de que el comprador no podrá cumplir con sus obligaciones de pago, de modo que terminarán recuperando la propiedad de la vivienda y quedándose con el dinero entregado hasta ese momento si tales son las condiciones pactadas. Por ello una recomendación tanto para vendedores como compradores: Este tipo de operaciones son de alto riesgo para ambas partes. Hay que pensar cuidadosamente las condiciones y fijarse especialmente en la solvencia del comprador. Desaconsejamos firmar un contrato de estas características sin asesorarse antes de sus posibles ventajas e inconvenientes, pues abundan las cláusulas abusivas para una u otra parte, según el caso.