El próximo mes hará un año que Alejandra alquiló un piso para independizarse de su familia. El propietario le ha notificado que, como el IPC aplicable es negativo, ha pensado subirle un 3% la renta ya que la ley permite utilizar otros criterios para subir la renta además del IPC. Alejandra quiere saber si puede oponerse de algún modo a esta subida.
Lo que dice la ley de arrendamientos urbanos, tras su última actualización, aplicable a tu contrato pues este ya ha nacido con estos cambios en vigor, es que las partes pueden pactar en el contrato, de forma expresa, la forma en que desean que se actualice la renta. Es decir, arrendador y arrendatario pueden establecer en el contrato que la renta se actualice conforme al IPC o aplicando otra fórmula o porcentaje. Si no se establece otra cosa se aplica el IPC. Eso sí, la actualización se realiza anualmente.
Comprueba lo que establece tu contrato al respecto y, si no se ha pactado nada diferente, el propietario tiene que aplicar el IPC para la actualización. Ten en cuenta además que los últimos IPC publicados son negativos lo que puede implicar que la actualización conlleve una reducción y no una subida de la renta.