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Arrendamiento y pareja de hecho.

Juan lleva un par de años viviendo junto a su novia en un apartamento que ella tenía alquilado ya antes de conocerse. La relación no fue bien desde el principio y ahora ella ha conseguido trabajo fuera de Asturias con lo que ha decidido irse y romper la convivencia. Juan nos pregunta si él podría continuar con el contrato de arrendamiento al menos un tiempo hasta que pueda encontrar otro lugar donde reorganizar su vida.

Si el arrendatario abandona la vivienda arrendada sin comunicárselo de forma expresa al arrendador, la ley permite que el contrato continúe a favor del cónyuge o pareja de hecho que conviva con el arrendatario. Para ello se exige que este notifique por escrito al arrendador su intención de continuar con el arrendamiento en el plazo de un mes desde el abandono. Lo más correcto es hacerlo a través de una fórmula en la  que quede constancia del envío y la recepción, por ejemplo, a través de un burofax con acuse de recibo.

También puede darse el caso de que tu pareja, antes de irse, comunique al arrendador su voluntad de desistir del contrato. En este caso, el contrato también puede continuar a tu favor y lo correcto sería que el arrendador fuera quien te requiriera a ti para que manifestaras tu intención o no de continuar en el plazo de quince días.

De cualquier forma, el tiempo que puedes quedarte va a depender de la duración del contrato que reste por cumplir o al acuerdo al que puedas llegar con el arrendador en otro caso.

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