Jesús y Laura van a casarse dentro de unos meses y tienen todo organizado. En cuanto al tema económico han decidido abrir una cuenta para los gastos comunes, pero mantener cuentas separadas para el resto, puesto que los dos trabajan. Nos preguntan si haciéndolo así es suficiente o si tienen que redactar algún documento para que no haya problemas.
Cuando se celebra un matrimonio, salvo en algunos territorios en que se aplica el derecho foral, el régimen económico del matrimonio que resultará de aplicación es el de gananciales. Esto significa que serán gananciales y con ello comunes los ingresos que cualquiera de los dos perciba una vez casados, con independencia de la titularidad de las cuentas en que se ingresen.
Para poder administrar cada cual sus ingresos y lograr una separación de bienes es imprescindible acudir a un Notario y otorgar capitulaciones matrimoniales. Podéis hacerlo antes o después de casaros, pero en vuestro caso, ya que lo tenéis claro, lo recomendable es hacerlo antes. Estas capitulaciones conservarán su validez siempre y cuando os caséis antes de un año.
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