Pedro se encuentra divorciado desde hace menos de un año y este ha sido el primer verano que pasa en esa situación. Compartió con sus hijos un mes y medio de vacaciones y durante ese tiempo, fue él quien se ocupó íntegramente de sus necesidades y además tuvo que continuar abonando el importe de la pensión de alimentos a su ex mujer. Considera que esto es injusto y nos pregunta si se entiende siempre así o habría que ajustar los alimentos los meses de vacaciones.
La respuesta es clara. Sí, Pedro, tienes que continuar abonando la pensión de alimentos íntegra a la que estás obligado por sentencia o por convenio regulador, según haya sido tu divorcio con independencia de los períodos de vacaciones.
No es una situación injusta, aunque ese tiempo lo pasen tus hijos contigo y te encargues de todos sus gastos, por la siguiente razón: la cuantía de la pensión de alimentos se hace estableciendo una media de las necesidades de los hijos a lo largo de todo el año. Hay meses en que los gastos serán más bajos y otros más altos.
No dejes de pagar la pensión para no incurrir en un incumplimiento que tu ex mujer podría reclamar en vía judicial.
Si tienes más curiosidades jurídicas también puedes leernos aquí: