Probablemente a todos nos ha llegado, de un modo u otro, publicidad para que hagamos donativos a alguna ONG. O tal vez nos han parado por la calle para conseguir que nos hagamos socios o realicemos aportaciones de forma continuada. Y seguramente hemos visto algún que otro programa de televisión, sobre todo en fechas especiales, en las que la esencia es conseguir fondos para una u otra causa social.
Todas ellas son fórmulas conocidas y habituales de captación de donaciones de las diferentes ONG´s que existen.
No obstante, en los últimos meses ha aparecido en los diversos medios de comunicación diferentes anuncios publicitarios que nos invitan a realizar lo que se denomina un testamento solidario y son muchos los que nos habéis preguntado ¿en qué consiste esta opción? ¿Todos podemos hacerlo?
Realmente un testamento solidario lo que implica, en primer lugar, es sencillamente hacer un testamento. Esta es una recomendación que hacemos habitualmente para cualquier persona. Disponer de nuestros bienes por testamento de forma ordenada, ajustada a nuestra situación, es la mejor fórmula para evitar problemas posteriores entre nuestros sucesores, al margen de que les evitamos realizar el trámite de la declaración de herederos, necesario si no se realiza testamento.
Cuando hacemos testamento debemos respetar en todo caso las legítima que les corresponda a nuestros herederos forzosos, en caso de que estos existan. Herederos forzosos son: el cónyuge, los descendientes y, en ausencia de estos, los ascendientes. A estos familiares debemos dejarles necesariamente la parte prevista en la ley para cada uno de ellos, salvo que concurran circunstancias especiales que les impidan heredar o que contemos con una causa por la que les podamos desheredar.
Pero una vez respetamos esta parte destinada a nuestros herederos forzosos, o el caso de que estos no existan, podemos disponer libremente del resto de nuestra herencia. Y esta parte, la de libre disposición, si la destinamos a una ONG, es la que convierte nuestro testamento en solidario.
Cualquier persona, por tanto, puede hacerlo, siempre y cuando respete las legítimas de sus herederos forzosos.
¿Resulta interesante? Esta es una cuestión que cada uno debe plantearse en función de sus propios intereses, valores y sentimientos personales. Eso sí, lo que resulta recomendable, si nos decidimos por esta opción, es estudiar de forma previa a qué organización se va a entregar, con qué proyectos cuenta y que todo ello se ajuste a las expectativas reales que tenemos en relación con el destino de nuestro dinero.
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