Julian nos cuenta que se ha divorciado recientemente y que estas navidades serán las primeras vacaciones tras el divorcio. El procedimiento fue amistoso y en el convenio se hizo constar que cada progenitor pasaría con el niño la mitad de cada periodo de vacaciones, eligiendo el padre los años pares y la madre los años impares y avisando de esta elección con una antelación mínima de un mes. Puesto que estamos en año par, es Julian el que tiene que elegir el periodo de las vacaciones de Navidad que su hijo permanecerá con el y nos pregunta de qué forma ha de hacerlo, pues no quiere preguntárselo al abogado de su mujer que fue quien se encargó del divorcio por turno de oficio, por lo que el no cuenta con su propio abogado.
Si no se concretó la forma en la que se comunicará a la otra parte la elección, entendemos que, como mínimo, debe hacerse de alguna forma que deje constancia de la fecha en la que se remite el aviso así como del contenido del mismo. Hay varias posibilidades: telegrama, burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, notificación por conducto notarial, etcétera. Personalmente a nosotras nos gusta realizar las comunicaciones a través de burofax, que es un servicio que puede solicitarse en la oficina de correos y tiene un coste algo superior a los veinte euros.
Aunque es importante hacer esta comunicación formal, si el diálogo con su ex mujer es posible, puede ser recomendable (que no imprescindible) comentar previamente con ella la elección a fin de comprobar que no existirán inconvenientes que luego puedan aparecer y dificultar el cumplimiento de la decisión tomada.