Esteban está intentando encontrar una plaza de garaje para alquilar cerca de su lugar de trabajo en el centro. Ha pedido información sobre dos que se encuentran en diferentes edificios y le ha sorprendido comprobar que las condiciones que le ofrecen son distintas. En una de ellas le dicen que el precio son cien euros, que no tiene que pagar IVA y que le harán un contrato por un año pero que tiene derecho a quedarse cinco, mientras que en la otra le dicen que el precio son ciento diez euros más el IVA correspondiente y que el contrato será anual y se renovará anualmente si hay acuerdo de ambas partes. Nos pregunta si las dos posibilidades son legales y, si no es así, cual es la correcta.
Cuando se alquila una plaza de garaje y se hace de forma independiente, es decir, no se arrienda vinculada a una vivienda que vaya a destinarse a residencia habitual, no resultan aplicables las normas sobre duranción de los contratos de vivienda y por ello la duración del contrato será la que libremente pacten las partes. Además, existe la obligación de pagar el IVA. En consecuencia, de las dos opciones que nos comentas, la mas acertada desde el punto de vista legal es la que te ofrecen con IVA y con la duración de un año. No obstante, puesto que el precio es mas ajustado en el otro caso, también puedes hablar con el propietario y llegar a un acuerdo. Eso sí, ten presente que la duración del contrato será la que conste en el contrato y que si no te hacen factura con IVA extiste una irregularidad.