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Guardia y custodia de los menores en un divorcio.

Raul y su mujer están pensando en divorciarse. Tienen dos hijos de tres y cinco años. Raul quiere saber si hay una edad mínima para que pueda concederse al padre la custodia, por debajo de la cual siempre se le conceda a la madre, pues está interesado en solicitarla él, ya que cuenta con un trabajo que le permite cuidar a sus hijos y dedicarles mas horas de las que puede dedicar su mujer. De hecho, hasta ahora, él ha asumido en mayor medida el cuidado de los hijos.

La ley no establece una edad determinada para condicionar la custodia a favor de uno u otro cónyuge. Tampoco establece que tenga que ser la madre la que obtenga la custodia de los hijos. En realidad, la custodia debe concederse a aquel de los cónyuges con el cual los niños puedan estar mejor atendidos tomando en consideración la circunstancias de cada caso. La creencia generalizada de que la custodia siempre se atribuye a la madre se debe a que en la mayor parte de los casos, ha sido la madre la que de hecho más se ha venido ocupando del cuidado de los niños, lo que mueve al Juez a optar por esta opción para mantener una situación que ya existía de hecho.

Si el divorcio es amistoso puedes ponerte de acuerdo con tu esposa para decidir cual de los dos tendrá la custodia o incluso, si las circunstancias son favorables, podríais plantearos una custodia compartida. Si el procedimiento es contencioso, puedes intentar solicitar la custodia argumentando a tu favor el hecho de que hasta ahora has sido tu quien más tiempo ha aportado al cuidado de los hijos y la disponibilidad de horario, así como cuantas otras cuestiones puedan resultar oportunas, siempre bajo el asesoramiento del abogado que te defienda en el procedimiento.

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Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...

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