Miguel Cesar M E vive en una comunidad de propietarios constituida por cuatro viviendas y un bajo comercial en la que resulta necesario realizar una reparación en la fachada interior del edificio. La vivienda del primer piso tiene una terraza de uso privativo que se encuentra cubierta por un tejadillo. Para realizar la obra resulta necesario colocar andamios sobre la terraza, para lo cual es imprescindible desmontar la parte del tejadillo coincidente con la zona a reparar. El contratista de la obra puede hacer ese desmontaje, pero cobrando la mano de obra adicional. Al parecer ese tejadillo fue reconocido como ilegal por el Ayuntamiento, pero al haber prescrito el plazo de denuncia sigue allí. La comunidad necesita saber cómo resuelve la ley este problema y qué hacer para evitar que la obra se retrase.
Cuando hay que hacer una obra necesaria en un elemento común todos los propietarios están obligados a prestar su colaboración. Si en este caso la mejor forma de reparar la fachada interior es colocando andamios sobre la terraza, el vecino del primero deberá prestarse a que se desmonte su tejadillo para que pueda llevarse a cabo la reparación. Ahora bien, por regla general es la comunidad la que debe encargarse de que la propiedad afectada quede en igual estado en el que se encontraba. Es decir, si ese tejadillo fuera legal y contara con la aprobación de la comunidad no cabe duda de que el coste del desmontaje y posterior colocación al término de la obra correspondería a la comunidad y no al propietario del primero.
El hecho de que ese tejadillo pueda encontrarse en una situación irregular podría afectar a esta conclusión, pero no tanto desde la perspectiva de la legalidad administrativa de la obra (puesto que esa via se encuentra cerrada al haber prescrito la posibilidad de reclamar) sino desde el punto de vista de la comunidad. Datos como si se autorizó la instalación por un acuerdo comunitario, cuantos años lleva instalado o si se tomó alguna medida legal para lograr su retirada podrían tener relevancia.