Santi nos comenta que va a separarse tras veinte años de matrimonio. Tiene dos hijas: una de diecinueve y otra de quince años. Santi tiene ahora cuarenta y nunca trabajó pues se dedicó al cuidado de su familia. Nos cuenta que viven en un piso que es bien ganancial y nos pregunta qué derechos tendría tras la separación, si le corresponde pensión alimenticia al menos para su hija menor y si le podría corresponder pensión compensatoria para ella.
Si habéis decidido romper vuestro matrimonio debes tener en cuenta, en primer lugar, que puedes optar por la separación o por el divorcio. Tanto en un caso como en otro, la tramitación exige un procedimiento judicial para el cual precisas contar con abogado y procurador y puede hacerse con acuerdo de ambas partes o de forma contenciosa.
Las cuestiones que se tienen que decidir tanto en una separación como en un divorcio atañen no sólo a los cónyuges sino también a los hijos y a los bienes que hasta ese momento compartía el matrimonio. Respecto a los hijos, en tu caso, si las dos hijas no cuentan con ingresos propios, las dos tienen derecho a pensión de alimentos. La mayoría de edad de una de ellas no determina que no tenga derecho a alimentos. En cuanto a la determinación de quién se queda con la custodia y al establecimiento de visitas a favor del otro progenitor esto sí que sólo afecta a la menor. No contamos con todos los datos para aproximar la respuesta pero, en principio, teniendo en cuenta que te has dedicado siempre al cuidado de la familia y que no trabajas, podrías tener derecho a pensión compensatoria, aunque se estableciera de forma temporal, atendida tu edad.