Son muchos los altibajos que a lo largo de los últimos años ha sufrido el Euribor aunque llevamos ya mucho tiempo con una tendencia a la baja que ha conseguido que gran parte los que tienen que pagar de forma mensual lo que comúnmente llamamos “hipoteca” hayan visto descender el importe de tal gasto.
Esto sucede con aquellos préstamos cuyo interés se ha fijado de forma variable. La característica de éstos es que dicho interés se calcula tomando un índice de referencia (normalmente el Euribor) al que se suma un determinado porcentaje, el tipo diferencial. Cada cierto tiempo (habitualmente cada año) se revisa el interés ajustándolo al Euribor que se encuentre en vigor en dicho momento.
Si nuestro préstamo hipotecario es de este tipo va a llegarnos una notificación bancaria en la que se nos va a ofrecer la información acerca del nuevo tipo a aplicar para el próximo período de tiempo y, en consecuencia, la nueva cuota que deberemos abonar mensualmente hasta la siguiente revisión.
Es muy importante comprobar estas notificaciones. Contamos con toda la información necesaria para ello y, en ocasiones, los bancos pueden equivocarse. En la escritura de constitución del préstamo figuran varios datos que debemos considerar: si nuestro préstamo es de interés variable, el período de revisión, el Euribor de qué mensualidad va a tomarse en cuenta y el diferencial que hay que sumar a ese Euribor. Los datos sobre el Euribor se encuentran accesibles en numerosas páginas de Internet.
De no ser correcta la actuación bancaria o no estar conformes con la misma, el procedimiento para reclamar es muy sencillo y no requiere de abogado. Basta con remitir un escrito especificando nuestros datos y el motivo del desacuerdo al Defensor del Cliente o Servicio de Reclamaciones del propio Banco. Si su respuesta no es satisfactoria aún nos queda la posibilidad de acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
Comprobar y reclamar, en su caso, son los primeros pasos necesarios para defender nuestros derechos.