Andrés ha formado una pareja de hecho en Cádiz y ha tenido una hija. Para inscribirla en el Registro Civil les indicaron que tenía que ir un solo miembro de la pareja, pero en el Registro les dicen que tienen que ir los dos padres. Nos preguntan si es correcto y qué dice la ley al respecto.
Los hijos nacidos fuera o dentro del matrimonio tienen iguales derechos. Sin embargo, hay una pequeña diferencia en lo que respecta a la determinación de la filiación. Cuando un hijo nace dentro del matrimonio se aplica una presunción regulada en el Código Civil que establece que el hijo nacido dentro del matrimonio es hijo del marido. Sin embargo, a las parejas de hecho no se les aplica esta presunción, de tal forma que cuando nace un hijo la filiación ha determinarse acudiendo ambos progenitores al registro civil para su inscripción. De esta forma el padre reconoce su paternidad y la madre acepta dicho reconocimiento.
Ten en cuanta que una pareja de hecho y un matrimonio no son situaciones completamente equiparables, por lo que conviene contar con toda la información posible para estar al tanto de los derechos y obligaciones que corresponden a esta situación. Además de algunas previsiones en diferentes normas estatales, la regulación sobre parejas de hecho en tu comunidad autónoma puedes encontrarla en la ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.