Susana compró un piso a finales del mes de diciembre mediante documento privado. Están a la espera de escriturar la venta puesto que el piso es propiedad de una mujer incapacitada judicialmente que cuenta con un tutor y que reside en una residencia de ancianos, además de tener un hijo con problemas psicológicos ingresado en un centro. Se ha solicitado autorización judicial para esta venta y Susana quiere saber cuándo tendrán una respuesta, puesto que al piso le hacen falta muchas reformas y quieren empezar cuanto antes.
Cuando un piso pertenece a una persona que ha sido declarada incapaz judicialmente no puede llevarse a cabo la venta sin una autorización judicial. Para llevar a cabo la autorización el Juez valorará si la venta resulta necesaria para los intereses del incapacitado en atención a las circunstancias del caso. Puesto que la propietaria se encuentra en una residencia de ancianos es posible que se puedan justificar gastos importantes que requieran un fondo de dinero y esto implique la venta del inmueble, por lo que aparentemente puede parecer un caso favorable a la concesión de la autorización. No obstante también hay que tomar en cuenta si la incapacitada cuenta con otros bienes o ingresos suficientes.
Para obtener la autorización judicial hay que iniciar un procedimiento judicial en el que resulta necesario contar con abogado y procurador y que supone un tiempo de gestión que depende del volumen de trabajo de cada juzgado, por lo que serán los profesionales que se están encargando del procedimiento quienes mejor puedan indicarle el tiempo de espera previsto en su caso.