Alberto hizo un préstamo personal por importe de 20.000 euros en el mes de marzo de 2009 y solo dispone del documento de transferencia bancaria para justificarlo. Alberto es de Vizcaya y el prestatario de Asturias. Ahora quiere hacer el documento fiscal de préstamo, para poder garantizar su reclamación en caso de impago, pero no sabe si ha pasado el plazo o si tiene que hacerlo en Vizcaya o en Asturias.
Cuando se realiza un préstamo en el que, como en tu caso, las partes residen en diferentes lugares, la solución que da el reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es entender que deben realizarse las obligaciones formales en el lugar en el que el sujeto pasivo tenga su residencia habitual. Puesto que el sujeto pasivo en el caso de un préstamo es el prestatario, debe presentarse el modelo 600 en Asturias. Se trata de una simple formalidad, pues los préstamos si bien están sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, están exentos, lo que supone que no hay que realizar ingreso alguno. No obstante, que se cumpla esta formalidad es importante para evitar que la transmisión de dinero sea considerada una donación.
El plazo para realizar la presentación del modelo 600 es de treinta días desde el momento en que se realiza el préstamo y el responsable de hacerlo es el que recibe el préstamo, aunque cabe la posibilidad de que cumplimente el trámite el prestamista como sujeto presentador.
Ten en cuenta que es necesario adjuntar, junto con el modelo 600 copia del contrato de préstamo. Cuando no existe contrato escrito tanto la ley como el reglamente de este tributo se refieren a la posibilidad de presentar una declaración.
Suponemos que el problema con el que te encuentras es que las relaciones con el prestatario actualmente no son buenas y si en su día no se formalizó el contrato de préstamo, será difícil que ahora puedas conseguir su colaboración. De cara a una futura reclamación judicial del dinero prestado contarás con la transferencia bancaria, pero por sí misma no es suficiente para demostrar un préstamo, pues bien pudiera haberse tratado de una donación. Cualquier actuación que ahora hagas, fuera de plazo y unilateralmente puede no ser reconocida por la parte contraria. No obstante has de hacer todo lo posible por reunir cuantas pruebas puedas aportar sobre la existencia de ese préstamo.