Eva María está divorciada, tiene dos hijos y percibe una cantidad que abona mensualmente el padre de los niños. Actualmente mantiene una relación y está pensando iniciar una convivencia o incluso volver a casarse. Nos pregunta si podría perder el dinero que le ingresa su ex pareja en caso de que diera estos pasos. También quiere saber si perdería el uso de la vivienda, puesto que aunque ésta es propiedad de ambos cónyuges, el uso se le atribuyó a los niños y a ella. Nos indica que la hipoteca de la vivienda familiar se paga por mitad entre ella y su ex marido. Su ex marido le ha advertido que si sigue adelante dejará de pagar las mensualidades.
En tu consulta no indicas si la cantidad que mensualmente abona tu ex marido es en concepto de pensión alimenticia a favor de los hijos o si también se estableció una pensión compensatoria a tu favor. La diferencia es importante, pues si inicias una convivencia con tu actual pareja o decides casarte puede extinguirse la pensión compensatoria, pero se mantendrá la pensión alimenticia.
En cuanto al uso de la vivienda, si se atribuyó a los niños y a ti puesto que se te concedió su custodia, no debería modificarse por el hecho de que tu nueva pareja resida contigo. En principio debes seguir pagando la mitad de la hipoteca tal y como se estableció en la sentencia de divorcio. No obstante, es muy probable que a tu ex marido no le resulte agradable la nueva situación, pues una cosa es el punto de vista legal y otro bien distinto el emocional. Procura evitar enfrentamientos y cumplir puntualmente el régimen de visitas y estancias establecido a favor del padre, incluso aunque éste deje de abonar la pensión alimenticia. En cuanto se produzca el primer impago ponte en contacto con tu abogado a fin de que, si es posible, se solicite en el Juzgado la retención de las cantidades directamente de la empresa en la que trabaja tu ex marido. Si dejase de pagar dos mensualidades consecutivas o cuatro no consecutivas los hechos podrían ser calificados como delito.