José Luis y su novia han fijado la fecha de su boda para el próximo mes de septiembre. Todos los preparativos están listos y han comprado una vivienda que actualmente están amueblando. A José Luis su empresa le ha comunicado que cuando termine su contrato temporal no le renovarán, por lo que se quedará en el paro a finales de año, si bien cuenta con varios meses de prestación por desempleo. Por el momento él y su novia pagan por mitad las mensualidades de la hipoteca del piso. Ahora a José Luis le preocupa qué puede suceder si no logra encontrar nuevo trabajo antes de que llegue a terminarse su prestación por desempleo. Nos pregunta concretamente qué pasaría si tiene que ser su esposa la que durante un tiempo abone por entero las cuotas del préstamo hipotecario ¿podría reclamarle después su parte? ¿Cambiaría la proporción de titularidad de la vivienda?
Puesto que vais a casaros en el mes de septiembre, es importante conocer cuál será el régimen económico de vuestro matrimonio. Si no hacéis capitulaciones matrimoniales ante Notario y vuestro lugar de residencia es Asturias, estaréis en gananciales, lo que significa que los ingresos que cada uno de vosotros perciba por su trabajo son comunes. En consecuencia, si tu esposa, con sus ingresos, paga la cuota íntegra de la hipoteca, es como si la estuvierais pagando los dos, sin que luego tengas que compensarla con tu mitad ni haya modificación alguna en la titularidad de la vivienda.
Si por el contrario hacéis capitulaciones y establecéis un régimen económico diferente o incluís algún pacto concreto, la solución podría variar. Por ejemplo, si el régimen elegido es el de separación total y absoluta de bienes, cada cual tendría que pagar su mitad de la hipoteca. El hecho de que uno no lo hiciera no modificaría la titularidad, pero podría dar derecho al otro a reclamar la parte abonada en exceso, aunque habría que tener en cuenta un conjunto de circunstancias.