Aurora está casada y el régimen económico de su matrimonio es el de gananciales. Su marido actualmente no tiene empleo y su relación está cada vez más deteriorada, hasta el punto de empezar a considerar la posibilidad de divorciarse. Aurora quiere poner un negocio por su cuenta haciendo uso de un dinero que ha ido ahorrando durante los años en que los dos trabajaban pero quiere dejar al margen a su marido a fin de que no pueda reclamarle luego por posibles pérdidas o ganancias. Nos pregunta si es suficiente que figure solo su nombre al dar de alta el negocio y en el contrato de arrendamiento de local o si tiene que hacer algún tipo de documento notarial para mayor seguridad.
En la situación actual el negocio sería ganancial con independencia de que lo dieras de alta exclusivamente a tu nombre y solamente tú figurases en el contrato de arrendamiento del local y las ganancias o pérdidas serían igualmente gananciales. Ten en cuenta además que el dinero que deseas emplear en instalar el negocio también es común, pues aunque hayas sido tú la que te tomaste la molestia de ahorrarlo, es fruto de vuestro trabajo durante el matrimonio.
Para que el negocio sea privativo es necesario realizar unas capitulaciones matrimoniales pactando el régimen económico de separación de bienes y proceder a liquidar la sociedad de gananciales, es decir, hacer inventario de lo que tenéis en común, haciendo un reparto entre ambos. Ten en cuenta que esos ahorros deberán computarse en la liquidación. Las capitulaciones matrimoniales deben hacerse ante notario y ambos cónyuges han de firmar, es decir, no podrás hacerlo sin el consentimiento de tu marido.
Por otra parte, piensa si realmente tienes intención de poner fin a tu matrimonio, pues en ese caso el divorcio implicaría la extinción del régimen económico de gananciales, no siendo necesario realizar capitulaciones matrimoniales. Si tu negocio comenzara tras el divorcio no tendría tu ex pareja ningún derecho sobre el mismo.