Herminia va a divorciarse. Nos dice que tiene dos hijos y no trabaja. Su marido le ha ofrecido 1500 euros mensuales en total y ella se pregunta cómo es mejor distribuirlos entre pensión alimenticia y compensatoria, si es que hay alguna diferencia al respecto. También quiere saber si es una cantidad suficiente.
No podemos decirte si es una cantidad adecuada, porque no conocemos las circunstancias particulares, lo que resulta imprescindible para poder dar un consejo adecuado. Por eso, lo primero que has de hacer antes de firmar nada es contratar a un abogado de tu confianza para que revise las condiciones. Si no cuentas con ingresos suficientes puedes solicitar el beneficio de la justicia gratuita en el colegio de abogados de tu localidad.
En cuanto a la diferencia entre pensión alimenticia y compensatoria te indicamos que hay que pensar bien la opción más adecuada en función del caso concreto. La pensión alimenticia se establece a favor de los hijos y se extinguirá cuando estos tengan medios de vida propios. La pensión compensatoria se establece a favor de uno de los cónyuges, en este caso la esposa y, si se fija de forma indefinida se mantendrá a no ser que haya un cambio sustancial de circunstancias o contraigas nuevo matrimonio o pareja de hecho. En consecuencia, si eres joven, tienes pensado trabajar, estás abierta a nuevas relaciones y tus hijos son de corta edad es mejor elevar la pensión alimenticia y bajar al máximo la pensión compensatoria. Sin embargo, si los niños son mayores y no tienes intención de volver a casarte o convivir es más recomendable elevar la pensión compensatoria, que se mantendrá aun cuando se extinga la alimenticia si no se dan las circunstancias que antes comentábamos. Además, no olvides que conforme a la normativa vigente, para los nuevos divorcios que se producen, en caso de fallecimiento de tu ex marido, si tuvieras derecho a una pensión de viudedad el límite de lo que percibas está relacionado con la cuantía de la pensión de viudedad que se establezca.