Alba está planteándose divorciarse. Lleva casada diez años y tiene dos hijos. Su marido trabaja sólo por las mañanas y gana casi la mitad menos que Alba, que trabaja todo el día. Teme que en caso de divorciarse, al tener él más tiempo para cuidar de los niños, quiera pedir la custodia de los niños no conformándose con una posible custodia compartida. En ese caso Alba no quiere arriesgarse y prefiere seguir casada. Nos pregunta si cabe la posibilidad de que su esposo consiga la custodia.
Sigue siendo poco habitual en la práctica que la custodia de dos menores se atribuya en exclusiva al padre, si ambos progenitores están perfectamente capacitados para cuidar a los niños. Lo mas frecuente, por el contrario, es que la custodia la ostente la madre. La custodia compartida sigue siendo poco habitual, aunque la tendencia es positiva, existiendo regulación en algunas comunidades autónomas que incluso facilita su obtención cuando ambos progenitores no están de acuerdo en ello. Un dato importante puede ser la edad de los niños y sus preferencias llegado el caso.
Sin conocer todos los datos de tu caso no podemos indicarte las posibilidades de que tu marido pudiera obtener la custodia de los niños, acordándose a tu favor un derecho de visitas y estancias. Lo ideal es que consultes a un abogado experto en familia de tu lugar de residencia para que haga un estudio de jurisprudencia de casos similares al tuyo y, en atención a tu caso particular, pueda orientarte. En cualquier caso, ten en cuenta que lo ideal para evitar riesgos y enfrentamientos es llegar a un acuerdo por ambas partes. Por lo general, si tu esposo y tu lográis encontrar la mejor solución para los niños, a menos que el fiscal pueda considerar que les perjudica, no tiene por qué haber problema para lograr la aprobación judicial. Ten en cuenta que tiene que tratarse de un acuerdo que contemple todas las cuestiones relativas a la ruptura, puesto que hay otras cuestiones que resolver como, por ejemplo, el uso de la vivienda familiar, el posible establecimiento de una pensión alimenticia para los niños y compensatoria para el cónyuge con desequilibrio económico, liquidación de la sociedad de gananciales si existiera, etcétera.