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	<title>La igualdad que está por venir | TUS DERECHOS CON LUPA - Blogs elcomercio.es</title>
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	<description>Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...</description>
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		<pubDate>Mon, 31 Jan 2011 11:59:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Cuervo Alfageme Abogados</dc:creator>
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<p>La Ley de Igualdad de Trato se encuentra en tramitación y aunque tiene mucho camino por delante, los medios de comunicación ya están apuntando su contenido con titulares que dan a entender que los locales perderán su derecho de admisión, algunos colegios se quedarán sin ayudas por separar a niños y niñas y los arrendadores no podrán evitar alquilar sus viviendas a quién quiera meterse dentro. Algunas afirmaciones pecan de alarmistas, otras se acercan a la realidad. Cierto que no se podrá discriminar  por motivos de raza, religión, sexo, orientación sexual, nacionalidad y otras cuestiones, lo que ya no se podía hacer con la Constitución en la mano.<br>
Una ley que desarrolle esta cuestión y prepare fuertes sanciones parece ser el camino elegido para poner fin a situaciones que siguen produciéndose a diario.  Esto no significa que quienes antes estaban discriminados vayan a tener ahora trato preferente. La explicación es bien sencilla. Pongamos dos ejemplos. El dueño de un local podrá decidir quien entra o no en el mismo, lo que sucede es que tendrá que basar sus decisiones en motivos objetivos que no supongan tomar en cuenta las cuestiones antes indicadas (sexo, religión, nacionalidad, etcétera). Sería por tanto recomendable establecer unas condiciones por escrito y visibles que pueden tener que ver con cuestiones tales como conducta o ropa adecuada. Quien no las cumpla puede no ser admitido. El problema entonces está en que si una persona cumple los requisitos no puede ser rechazada, pongamos por ejemplo, por ser rumano, negro o gitano. El segundo ejemplo tiene que ver con el alquiler de una vivienda. El propietario no podría poner un anuncio en el que rechazara a determinado tipo de inquilinos por motivos discriminatorios. Sin embargo, puede hacer una selección en base a criterios objetivos como, por ejemplo, número de personas que vayan a habitar la vivienda, tenencia o no de animales, solvencia, exigencia de avalista solidario o aval bancario, etcétera.<br>
 Todavía hay meses por delante y el texto inicial puede sufrir modificaciones, así que habrá que esperar y ver qué sucede finalmente. Si termina por alcanzar vigencia habrá que analizar casos concretos y pensar muy bien las condiciones generales que se vayan a exigir en cada caso, sobre todo cuando se pongan por escrito: no pueden encerrar discriminaciones en su texto, pero han de ser suficientemente claras y objetivas. Tarea nada fácil, pero necesaria si se quieren evitar malentendidos cuando se interponga una denuncia.</p>
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