Alejandro nos pregunta cuántos puntos te quitan por conducir bajos los efectos del alcohol y si son más cuando en lugar de ponerte una multa te meten el tema por el Juzgado.
Conducir bajo los efectos del alcohol tiene distinto tratamiento, en materia de puntos, en función de la tasa que dé el conductor al ser medido su nivel de alcoholemia.
Cuando se conduce con valores superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado y sin superar los 0,50, los puntos a restar son 4.
Si se conduce con más de 0,50 miligramos por litro de aire espirado los puntos que se pierden son 6. Los mismos que si la conducción se realiza bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias de efectos análogos.
Hasta aquí estamos hablando de infracciones administrativas que, además de la pérdida de puntos, llevan aparejada la correspondiente sanción económica.
Es delito contra la seguridad vial conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro. En este supuesto, que es cuando nos dice Alejandro que “te meten el tema por el Juzgado” se imponen las penas previstas en el Código Penal (pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a noventa días y privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores entre uno y cuatro años). En estos casos, dado que se imponen estas penas, no se produce resta de puntos pero, tras el cumplimiento de las mismas, es necesaria la realización de un curso para recuperar el permiso de conducir.