Una mujer que prefiere ocultar su identidad nos indica que su padre se encuentra enfermo desde hace tiempo requiriendo muchos cuidados y percibiendo una pensión que no alcanza para el pago de una residencia. Hasta ahora esta mujer se está ocupando exclusivamente de los cuidados de su padre y al pedir ayuda a su hermano, para que colabore, al menos económicamente, le dice que no piensa hacerlo, pero que si lo desea firma la renuncia a la herencia en este mismo momento. Esta mujer nos pregunta cómo se puede hacer y si sería suficiente hacerlo en documento privado.
La situación que nos relata es muy frecuente en la práctica, pues no todos los hermanos suelen cuidar con la misma dedicación a los padres. Ahora bien, no nos engañemos. No es válida la renuncia a la herencia hecha antes del fallecimiento del causante. Es decir, que si su hermano firmara ahora una renuncia, da igual la forma en la que lo hiciera, carecería de efectos y podría luego reclamar su parte de la herencia.
Si no ve ninguna posibilidad de que su hermano colabore en los cuidados de su padre y piensa que de alguna manera debería compensarse su trabajo, tiene otras opciones legales, una vez descartada la que indica en su consulta. Por ejemplo, una de ellas sería que su padre hiciera testamento mejorando su posición en la herencia. Para valorar otras opciones habría que hacer un estudio más detallado del caso.