Carlos acaba de trasladarse a vivir a una casa y está pensando adquirir un perro que haga labores de guarda de la finca. Nos pregunta si es obligatorio contar con un seguro para su perro o si sería suficiente la advertencia de que la finca se encuentra vigilada por un animal.
Actualmente solo es obligatorio por ley contar con un seguro de responsabilidad civil cuando se es propietario de un perro de una de las razas o con algunas de las características que los convierten en potencialmente peligrosos. Además este seguro debe cubrir una responsabilidad de al menos ciento veinte mil euros.
Dado que nos comentas que deseas que el perro elegido realice tareas de defensa ten en cuenta que es probable que pertenezca a una de estas categorías. Si es así, la obligación de contratar un seguro en las condiciones que te indicamos no es la única ya que debes obtener una licencia específica y mantenerlo dentro de la vivienda en una situación concreta, además de cumplir con las obligaciones más generales de identificación y registro en el censo correspondiente.
Aunque el animal no pertenezca a esta categoría de perros y, por tanto, no resulte obligatoria la contratación de un seguro, sí resulta recomendable e interesante pues el propietario es responsable de todos los daños que ocasione el animal a otras personas, animales o bienes. Hoy en día hay muchas opciones en este campo e incluso las compañías ofertan incluir coberturas relacionadas con los animales dentro de los seguros del hogar.