Blanca es madre soltera y tiene una hija de diez años. Hasta ahora se ha beneficiado de ayudas para el alquiler, para el comedor y para libros. Dentro de un año va a contraer matrimonio y nos pregunta si al cambiar su estado civil no tendrá derecho a dichas ayudas o si tiene que ver con los ingresos. También quiere saber cómo tiene que hacer para estar en separación de bienes.
Para saber si podrás o no mantener las ayudas tienes que estudiar las bases y condiciones de cada una de ellas. La mayor parte de las ayudas dependen principalmente de los ingresos que existan en la unidad familiar del solicitante. Desde el momento en que contraigas matrimonio formarás una nueva unidad familiar a la que se une tu marido, debiendo computarse también sus ingresos.
En cuanto al modo de estar en separación de bienes, en Asturias, al igual que en el resto de comunidades autónomas que no disponen de un derecho foral que regule otra cosa, el régimen económico del matrimonio, si no se pacta nada diferente, es el de gananciales. Para optar al régimen de separación de bienes es necesario acudir a una notaría y realizar unas capitulaciones matrimoniales.
Las capitulaciones pueden hacerse antes de contraer matrimonio o después. Si se hacen antes para que conserven su validez tiene que celebrarse el matrimonio en el plazo de un año desde que se hayan otorgado.
Por último, el hecho de que elijas un régimen económico de separación de bienes para tu matrimonio no evita que los ingresos de tu marido formen parte de la unidad familiar a los efectos de calcular los requisitos económicos de las ayudas que nos comentas.