María y Pedro están divorciados y tienen un hijo de cinco años. Las medidas que en su día acordaron al divorciarse ya no encajan en la vida actual que llevan pues ahora María ha empezado a trabajar y Pedro tiene más tiempo que antes para dedicarse al niño. Es por ello que han decidido hacer algunos cambios en los que los dos se muestran de acuerdo y nos preguntan si es posible hacerlo por documento privado o hay que acudir al Juzgado.
El documento privado no tiene valor en este caso, pues estamos hablando de medidas que no solo afectan a cuestiones económicas entre dos adultos, sino también a un menor y su situación. Por ello es necesario iniciar un procedimiento judicial de modificación de las medidas en su día establecidas en la sentencia, en el que será parte el Ministerio Fiscal supervisando los intereses del menor. Para este procedimiento resulta necesario contar con abogado y procurador. Si vuestros ingresos son limitados podéis valorar la posibilidad de solicitar el beneficio de justicia gratuita. Será vuestro abogado el que, estudiando las circunstancias particulares del caso, mejor pueda orientaros sobre la viabilidad de las medidas que queréis establecer.