M.P.S. nos consulta a cerca de un entresuelo que forma parte de una comunidad de propietarios. Al parecer el propietario lo tiene alquilado como vivienda aunque lo más probable es que no disponga de cédula de habitabilidad. Este entresuelo no paga cuota de comunidad y, aunque le han indicado al administrador que la exija, de momento no lo ha hecho. Por otra parte, en este entresuelo se produjo hace tiempo una avería de agua que generó unos daños a la comunidad, daños que todavía no se han abonado por el propietario del entresuelo y que fueron pagados con fondos comunitarios. Nos pregunta qué pueden hacer.
Si la comunidad sospecha que el entresuelo se está utilizando como vivienda cuando su destino original es el de local comercial, puede presentar una denuncia en el Ayuntamiento, para que realicen las comprobaciones y actuaciones oportunas. En cuanto al pago de una cuota comunitaria, el primer paso es comprobar en el título constitutivo si ese entresuelo se encuentra excluido de algunos gastos de la comunidad, como suele ser frecuente en el caso de los locales comerciales. Si es así, no se le puede reclamar la misma cuota de comunidad que a las viviendas sin modificar antes este documento por unanimidad. No tiene sentido por una parte sostener que no pueda ser utilizado como vivienda y por otra pretender reclamar la cuota de comunidad propia de una vivienda. Hay que legalizar la situación en uno u otro sentido. Finalmente, si ese entresuelo ha causado daños a la comunidad hay que valorar la posibilidad de reclamárselos a través de una demanda judicial en vía civil. No obstante, hay que tener en cuenta que ya pasó cierto tiempo y que las acciones tienen un plazo de prescripción.