Manuel vive con su esposa y su suegra de avanzada edad. Esta no tiene otros parientes ni más ingresos que una pensión mínima que no alcanza para pagar un centro de día al que asiste, ayudando Manuel con doscientos euros mensuales, pues su esposa no trabaja. El matrimonio de Manuel no está en su mejor momento y él se pregunta, en caso de divorciarse y repartir con su mujer el dinero que tienen en el banco, si podrá exigir que se le devuelva el dinero que en los últimos años está entregando para el centro de día de su suegra.
Si el régimen económico de tu matrimonio es el de gananciales, tu sueldo así como los ahorros que puedas ir haciendo pertenecen a ambos cónyuges, de modo que no eres tú solo el que está ayudando a tu suegra, sino que sois ambos esposos. Por otra parte, el código civil establece entre las obligaciones de los cónyuges la de compartir el cuidado y atención no solo de los descendientes, sino también de los ascendientes y otras personas dependientes a su cargo. Por todo ello entendemos que al liquidar la sociedad legal de gananciales no puedes reclamar que se te devuelva íntegramente el dinero que se ha gastado en el centro de día.