Alberto es inquilino en un piso desde hace dos años. Se ha quedado sin ingresos y no podrá pagar la renta a partir del próximo mes. Nos pregunta qué consecuencias puede tener esta situación: si puede evitar de alguna forma el desahucio y si es delito este tipo de impagos.
Si tu situación económica no mejora y vas a dejar de pagar la renta, el primer paso es hablar con el propietario e intentar buscar algún tipo de acuerdo, lo que obviamente va a depender de su buena voluntad, pues en cuanto dejes de pagar el propietario puede iniciar un procedimiento judicial de desahucio para reclamar las rentas atrasadas y extinguir el contrato de arrendamiento. Una vez iniciado el procedimiento judicial la única posibilidad que tienes de detener el desahucio es enervar la acción, pagando todo lo que adeudes hasta ese momento. Esta enervación de la acción solo puede hacerse por una vez y el propietario puede evitarla si te hace un requerimiento de pago con al menos un mes de antelación a la presentación de la demanda.
Si el arrendador da el paso de reclamar judicialmente solicita el beneficio de justicia gratuita para contar con abogado y procurador del turno de oficio.
El impago de la renta no implica responsabilidades de tipo penal.