Son muchas las razones por las que un inmueble que se encuentre en régimen de propiedad horizontal, es decir, que forme parte de una comunidad de propietarios, pueda cambiar de titularidad o, no existiendo tal cambio, su propietario deje de ocupar dicha vivienda pasando a residir en otro lugar diferente.
En este tipo de situaciones es muy importante comunicar a quien ejerza las funciones de secretario el cambio de titularidad o el cambio de domicilio del propietario y, en caso de ser varios los propietarios, indicar quién va a ejercer de forma continuada la representación del inmueble ante la comunidad. Además es aconsejable hacer esta notificación de forma que quede constancia, por ejemplo, mediante burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, porque en caso de existir algún problema con cualquiera de las notificaciones podremos utilizarlo como prueba. Del mismo modo, quien ejerce las funciones de secretario debe preocuparse de tener localizados y con los datos de titularidad y domicilio correctos a todos los propietarios.
La razón es clara. La comunidad realiza distintas notificaciones a los propietarios, todas ellas de especial importancia. Al domicilio de los propietarios van a llegar, por ejemplo, las convocatorias de las juntas y las actas de las realizadas. Conocer ambas es fundamental para poder asistir a las reuniones, personalmente o a través de un representante que se decida nombrar al efecto, y para conocer los acuerdos adoptados y poder cumpliros o, en su caso, impugnarlos si fuera necesario dentro de los plazos legales. En materia de comunidades, como en casi todo lo demás, es imprescindible estar informado para ejercer correctamente nuestros derechos.