Después de una respuesta generalizada y negativa contra las tasas impuestas en la Justicia llegan las rebajas en las que supuestamente se da respuesta a las reivindicaciones. Algo es algo, pero no nos engañemos, pequeña es la diferencia. Se habla de una rebaja de un ochenta por ciento, pero leamos bien el texto, lo que se rebaja es el porcentaje variable que se aplica a la cantidad reclamada por las personas físicas (se pasa del 0,50% del valor del litigio con el límite de 10.000 euros, al 0.10 % del valor del litigio, con el límite de 2.000 euros). En cambiono varía la cantidad fija en la mayor parte de los casos, que por si sola es excesiva y desproporcionada.
Por otra parte, la publicidad de estas rebajas que se hace en algunos medios de comunicación es confusa. Por ejemplo, se habla de que se quitan las tasas en los desahucios, cuando en realidad la tasa la sigue pagando el banco, que es el demandante. Lo que sucede es que si se condena en costas al hipotecado en el procedimiento, dentro de las costas que tendrá que pagar no se incluirá la tasa. Dicho con otras palabras, que será el banco quién la asuma gane o pierda, pero que la tasa se paga, se paga.
Veamos el lado positivo. Es una mejora la rebaja en el porcentaje variable, como también que se quite la tasa en los divorcios de mutuo acuerdo o que la tasa en los procedimientos contencioso administrativos sancionadores se limite al cincuenta por ciento del importe objeto del litigio, pero no nos confundamos. El hecho de que se rectifique y se mejore lo que de por sí era muy malo, no lo convierte en bueno. Seguimos teniendo unas tasas muy altas y seguimos pensando que van en detrimento del acceso a la justicia de aquellos que la necesitan pero quedan fuera del beneficio de justicia gratuita, es decir, la mayor parte de la población.