Carlos está divorciado y en su convenio regulador se establece que a cada progenitor corresponde la “mitad de semana santa”. Nos pregunta cómo han de repartir este periodo a falta de una mayor concreción en el convenio.
Lo ideal en estos casos en los que el convenio no concreta nada mas específico es que los padres hablen y se pongan de acuerdo buscando lo mejor para el niño. No obstante, si la relación no permite cierta flexibilidad y se quieren hacer bien las cosas, hay que partir de los días de vacaciones escolares, pasando el menor la mitad de los días con cada progenitor. Si son días impares, puede repartirse uno por mitad. Seguramente en el convenio se haya establecido quién ha de escoger el periodo que el niño permanecerá en su compañía (lo habitual es que escoja uno los años pares y otro los años impares). Es importante comunicar con suficiente antelación este periodo para que la otra parte pueda organizarse también y hacer sus planes.