La madre de Isabel ha fallecido recientemente. No mantenían contacto desde hace varios años, pero sabe que pasó un tiempo en una residencia de ancianos de titularidad pública, que tan solo percibía una pequeña pensión y que posiblemente tenga una vivienda en propiedad algunas fincas. Nos pregunta qué riesgos asume aceptando la herencia, puesto que tiene miedo de que puedan surgir deudas a las que tenga que hacer frente.
Estos son los primeros pasos que debes dar, si aun no se ha hecho: conseguir certificados de defunción, de actos de última voluntad y seguros y obtener información en el Registro de la Propiedad y en el Catastro de cualquier bien que pudiera estar a nombre de tu madre. Si no hay testamento será necesario realizar el trámite de la declaración de herederos ante Notario y, en cuanto a la aceptación de la herencia, te recomendamos que la hagas a beneficio de inventario, de modo que si existen deudas no tengas que responder de ellas con tu propio patrimonio, sino solamente con los bienes que puedas recibir por herencia. Ten en cuenta que si tu madre estuvo varios años en una residencia pública y tan solo percibía una pequeña pensión es muy probable que se haya generado una deuda por la diferencia entre lo abonado y el precio público correspondiente. También tendrás que comprobar si existen deudas con la comunidad de propietarios del piso que dejó libre al ingresar en una residencia. Por último ten en cuenta que debes realizar los trámites fiscales antes de que trancurran seis meses desde el fallecimiento.