Paula está pensando independizarse de sus padres y alquilar un piso. Ha visto uno que le gusta y le encaja. Lo único que le ha parecido extraño han sido dos cosas: que le piden que sus padres sean fiadores y que la agencia le ha comentado que en todos los contratos ha de figurar que en caso de existir problemas estos se solucionarán no de forma judicial sino por un arbitraje. Paula nos pregunta si las dos cláusulas son legales o si puede oponerse.
Respecto a la cláusula de que tus padres figuren como fiadores, esta es una garantía que opcionalmente puede solicitar el arrendador. Es perfectamente legal que ponga esa condición para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del contrato. Si a ti no te interesa puedes negociar con él y plantearle otras garantías alternativas como, por ejemplo, un aval bancario.
Por lo que se refiere a sometimiento al arbitraje, en la última reforma de la ley se regula expresamente una posibilidad que en realidad ya existía: que las partes puedan someter a mediación o arbitraje las controversias que puedan resolverse de esta manera. Como en el caso de las garantías, esta es una opción y se puede negociar. No obstante, aunque no se incluya en el contrato, en el momento en el que surjan un problema arrendador y arrendatario ambas partes pueden acordar en ese momento acudir a una mediación o a un arbitraje para resolverlo.