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Cuervo y Alfageme

TUS DERECHOS CON LUPA

Botellón al lado de una vivienda.

 

Israel nos pregunta por la situación del botellón en Gijón porque justo en un banco que hay delante de su portal se reúnen un grupo de chicos, hacen mucho ruido y consumen alcohol en grandes cantidades. Israel les ha pedido que se vayan pero los chicos insisten en que no están molestando a nadie y que no ensucian. Israel quiere saber si puede avisar a la policía para que les eche o si llevan razón los chicos.

En Gijón se encuentra en vigor una ordenanza que regula estas y otras cuestiones relativas a la convivencia y que se llama “Ordenanza municipal de protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales”. Puedes consultarla en la Web del Ayuntamiento de Gijón. Concretamente, el tema del botellón se regula en los artículos 11 a 13. Es cierto que el objeto de esta regulación es evitar el consumo de bebidas alcohólicas en la calle cuando este comportamiento cause molestias a quienes utilicen el espacio público y a los vecinos, se deteriore la tranquilidad del entorno o se provoquen situaciones de insalubridad. Para facilitar la interpretación, se recoge un listado de circunstancias que se entiende que alteran la convivencia ciudadana. Entre ellas se encuentra el consumo de alcohol a una distancia mínima de 50 metros de una vivienda habitada (regla que no se aplica cuando el consumo se realiza en terrazas de establecimientos autorizados), así que si el banco que comentas está a menos de esta distancia de tu portal su conducta podría ser sancionable.

 

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Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...

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