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TUS DERECHOS CON LUPA

Pensión compensatoria en un divorcio.

Alejandra lleva un cierto tiempo pensando divorciarse. Lo ha hablado con su marido y, como ambos son conscientes de la situación, van a hacerlo de mutuo acuerdo. Tienen una hija pequeña y viven en un piso propiedad de los padres de él. Alejandra nos pregunta si pueden acordar que la pensión que tenga que pagarle su marido sea de una sola vez en lugar de mensualmente para así contar con todo el dinero en este momento y poder hacer frente al inicio de su nueva vida divorciada.

En el divorcio se puede acordar dos tipos de pensiones: la de alimentos para los hijos menores y la compensatoria para el cónyuge.

La primera no se puede percibir en un solo pago. Es necesariamente periódica pues va destinada a cubrir las necesidades de los hijos menores. Es un importe que se puede modificar en el tiempo si esas necesidades varían, si lo hacen los ingresos de los progenitores o si cambia el régimen de custodia.

La pensión compensatoria, por su parte, existe cuando el divorcio genera un desequilibrio económico entre ambos cónyuges. Para su fijación en cuantía y en tiempo se toman en consideración diversas circunstancias pero sí se puede establecer que su pago se efectúe de una sola vez.

Por tanto, Alejandra, siempre y cuando tengas derecho a una pensión compensatoria, puedes acordar con tu marido que el pago sea único y de esta forma utilizar este dinero para comenzar tu nueva vida separada.

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Un espacio en el que puedes encontrar respuestas incluso aunque aun no te hayas planteado la pregunta...

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