En temas de familia cada caso es único. Cuando en un procedimiento de divorcio o separación con hijos se establecen determinadas medidas es porque ambos progenitores han llegado a un acuerdo sobre ellas, que han recogido en un convenio regulador (supervisado por el Ministerio Fiscal y aprobado por el Juez en una sentencia) o porque cada cual ha defendido su postura en un procedimiento contencioso que ha finalizado con una sentencia en la que es el Juez el que establece esas medidas a falta de acuerdo. Ahora bien, esas medidas parten de la situación concreta de esa familia en el momento en que se establecen. No son extrapolables a una familia diferente ni tampoco se puede garantizar que no vayan a sufrir variaciones tales medidas en caso de las circunstancias también cambien y así se solicite.
Pero esto resulta muy difícil de comprender para quienes están pensando en iniciar los trámites judiciales. Los progenitores que se disponen a dar los primeros pasos hacia una ruptura suelen cometer errores muy comunes. Uno es hablar con otras personas previamente divorciadas y concluir que por ahí andarán los tiros. Otro es hacerse una idea de sus necesidades y gustos y pensar que lo justo es lograr aquello que consideran necesario. Pero no suelen acertar.
La única forma de comenzar a ajustar expectativas es acudir a un abogado experto en familia y exponerle con todo detalle la situación personal y económica de los cónyuges y sus hijos. Solamente con todos los datos encima de la mesa se pueden empezar a barajar opciones y posibilidades de cara a negociar entre los cónyuges una solución que a ambos satisfaga. Hay cierto margen de negociación, pero no conduce a nada empecinarse en exigencias imposibles. La previsión del resultado en un posible procedimiento contencioso debe ser el cable a tierra a la hora de valorar si aceptar o no un posible acuerdo.