María Ángeles nos cuenta que su nieta está viviendo en un piso de su propiedad y no le abona ninguna cantidad por su uso. Nos pregunta si es necesario plasmarlo en algún tipo de documento de cara a la declaración del impuesto sobre la renta de personas físicas.
Al utilizar un piso de su propiedad sin abonarle ningún tipo de remuneración a cambio, su nieta está en una situación de precario. En este tipo de casos sí que recomendamos que se recoja por escrito el uso, los datos de las partes, la duración y las obligaciones que asumen propietaria y precarista, De esta forma se dejan resueltos de antemano problemas que pueden ir surgiendo con el paso del tiempo.
No obstante, esta es una solución que recomendamos desde el punto de vista jurídico. Desde el punto de vista fiscal, si el ocupante del piso no abona renta o abona una cantidad muy baja y es familiar del propietario hasta unos determinados grados, el impuesto indica que el propietario, como mínimo, debe continuar declarando como ingreso lo mismo que hasta ese momento por imputación de rentas, es decir, un 1,1% o un 2% del valor catastral del inmueble en función de si ese valor ha sido o no revisado. Esto es así con independencia de la forma en que se documente el uso.