José Ramón y su esposa son un matrimonio octogenario sin hijos ni nietos. Tienen una vivienda en común y algunas cuentas bancarias. No han hecho testamento, por lo que se preguntan si tendrían algún problema en caso de fallecer uno de ellos.
Si fallecen sin hacer testamento entrará en juego la sucesión intestada de modo que, al no existir ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge será el heredero de todos los bienes. No obstante, siempre recomendamos hacer testamento incluso en casos como el que nos comenta en que la solución sería probablemente la misma. Los motivos son dos. El primero, porque se puede aprovechar al hacer testamento para concretar aquellas cuestiones que puedan ser de interés o dejar algún bien a alguna otra persona que no sea el cónyuge siempre respetando su parte legítima. El segundo, que de este modo evitamos tener que hacer tras el fallecimiento el trámite de la declaración de herederos. Si se animan a acudir a una notaría para hacer testamento tengan en cuenta que el testamento es un acto personalísimo, por lo que tendrían que hacer cada uno el suyo y podrán modificarlo cuantas veces deseen en el futuro también de forma individual.