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	<title>Ser tutor: una solución y una obligación. | TUS DERECHOS CON LUPA - Blogs elcomercio.es</title>
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		<title>Ser tutor: una solución y una obligación. | TUS DERECHOS CON LUPA - Blogs elcomercio.es</title>
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		<pubDate>Mon, 23 Mar 2015 08:53:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Cuervo Alfageme Abogados</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[CUESTIÓN DE OPINIONES]]></category>

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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><p align="JUSTIFY"><img loading="lazy" style="float: left; margin: 5px;" src="//www.freeimages.com/assets/183055/1830543104/father-and-son-1205795-m.jpg" alt="" width="300" height="224">No es el único caso para el que está prevista la tutela pero vamos a fijarnos especialmente en él porque es ahora quizás uno de los más frecuentes. Cuando uno de nuestros familiares se hace mayor y sufre algún tipo de enfermedad mental comienzan a surgir las dudas y problemas. Surgen porque hay que seguir tomando decisiones sobre cuestiones fundamentales que afectan al día a día, a la gestión de su patrimonio, a temas administrativos… ¿qué hacer si esa persona ya no es capaz de entender ni manejar su vida y su patrimonio? La respuesta está en la incapacitación y en el nombramiento de un tutor.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p align="JUSTIFY">Por supuesto que ni la decisión ni los trámites son fáciles sobre todo desde un punto de vista emocional. La incapacitación exige la apertura de un procedimiento judicial en el que la parte demandada va a ser la persona que se pretende incapacitar. Aunque en ocasiones cuesta entenderlo, la razón es clara. El presunto incapaz tiene que tener la opción de demostrar que está en perfectas condiciones en caso de que se intente una incapacitación sin razón o por una causa distinta a la que de la protección de esa persona. En el procedimiento hay que acreditar los motivos de la incapacitación por lo que los informes médicos son la prueba esencial.</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p align="JUSTIFY">Incapacitada la persona, el siguiente paso es nombrarle un tutor. Este va a jugar un papel muy importante, de ahí que sus obligaciones son también de este nivel. Un tutor tiene, respecto a su tutelado, dos deberes esenciales: cuidar de su persona y administrar correctamente sus bienes. Y de ambas cosas debe dar informe anualmente al juzgado y al Ministerio Fiscal. Pero sus compromisos no finalizan con esta rendición de cuentas anual. Nuestro Código Civil regula todo el funcionamiento de la tutela, lo que puede y no puede hacer el tutor, aquello para lo que precisa autorización judicial…</p>
<p align="JUSTIFY">Por todo ello, es de suma importancia cuando nos encontramos ante un caso de posible incapacitación conocer toda la situación, todos los derechos y deberes a los que nos vamos a enfrentar y dar cada paso de la manera más correcta y adecuada pensando en el interés de todos, sobre todo, en el de la persona que no cuenta ya con capacidad para regir su vida y sus bienes.</p>
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