Pedro y Laura llevan tres años casados. El matrimonio ha ido mal desde el principio por varios motivos. Como no tienen hijos, viven de alquiler, apenas tienen bienes comunes y están ambos de acuerdo en iniciar los trámites cuanto antes nos preguntan si su caso es uno de los que ahora pueden llevarse ante Notario. Nos preguntan también si hace falta abogado o basta con acudir a una Notaría.
Efectivamente vuestro divorcio, con las circunstancias que nos comentáis, es uno de los que puede llevarse a cabo ante Notario. Se puede acordar la separación o divorcio ante Notario cuando se realiza de muto acuerdo y no existen hijos menores no emancipados o con capacidad modificada judicialmente que dependan de sus padres. No importa el régimen económico del matrimonio o los bienes que puedan tener en común ya que, si estamos en un supuesto de sociedad de gananciales, la liquidación del régimen también se puede hacer ante Notario.
El divorcio se efectúa a través de una escritura pública que contiene el convenio regulador y es necesaria la asistencia y asesoramiento de un abogado.