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TUS DERECHOS CON LUPA

Pocos cambios en la regulación del aborto.

Los supuestos en que está permitido abortar son mucho más que una cuestión jurídica, ya que cuenta con un contenido ideológico, religioso, político y ético altamente sensible que a nadie se le escapa. La última reforma importante en materia normativa se produjo con la ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo. Esta ley introdujo un sistema de plazos de modo que la mujer puede decidir si quiere abortar dentro de las primeras catorce semanas de embarazo cumpliendo tan solo unos sencillos requisitos: que el aborto se realice por un médico especialista o bajo su dirección, en un centro sanitario público o privado, con el consentimiento expreso y recogido por escrito de la embarazada y previa información de los derechos, ayudas y prestaciones públicas a la maternidad, debiendo dejar tres días entre la obtención de esta información y la intervención. Más allá de estas catorce semanas el aborto queda sujeto a una serie de condiciones estrictas y que tienen que ver con la salud de madre o del feto.

A pesar de la polémica que supuso entonces esta reforma y la que supusieron los intentos de cambio y vuelta al sistema anterior, del debate político y de la división social en relación a este tema, a día de hoy no se han producido importantes modificaciones y ya no es probable que se produzcan.

Lo que sí ha cambiado y lo ha hecho recientemente es lo que tiene que ver con las mujeres de dieciséis y diecisiete años. La ley 2/2010 consideraba que era suficiente el consentimiento de la menor para abortar, informándose a sus padres o tutores siempre y cuando la menor no alegase que esta información pudiera provocar un grave conflicto familiar. Es en este único punto donde se ha producido la reforma, pues ahora además del consentimiento de la menor resulta necesario el de sus padres o tutores. Cuestión también, por otra parte, ampliamente debatida.

En conclusión, y centrándonos tan solo en el contenido de la ley obviando cualquier otra discusión, seguimos con un sistema de plazos, donde una mujer mayor de edad puede decidir libremente abortar dentro de las primeras catorce semanas de embarazo, siendo necesario el consentimiento de padres o tutores para las menores de edad que deseen abortar, quedando en manos del Juez la última palabra en caso de conflicto.

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