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TUS DERECHOS CON LUPA

La seguridad de los menores en los vehículos.

Una de las últimas campañas dela DirecciónGeneralde Tráfico insiste en el control de la utilización de los elementos de seguridad personal dentro del vehículo: el uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantiles. Muchas veces no somos conscientes de la importancia que tiene el uso de estos mecanismos a la hora de evitar lesiones o incluso muertes en los accidentes de tráfico.

Hoy nos vamos a centrar especialmente en los sistemas de retención infantil porque desde el uno de octubre de 2015 resulta de aplicación una nueva normativa al respecto que es necesario conocer y cumplir no tanto por las sanciones que se nos puedan imponer sino, como decimos, por las consecuencias tan negativas que se pueden producir en las personas más sensibles que ocupan un vehículo: los niños.

Y, para certificar esto, bastan tan solo unos pocos datos. En el año 2014, dos de los catorce niños fallecidos que viajaban en un turismo o en una furgoneta no llevaban ningún dispositivo e seguridad en el momento en que se produjo el accidente. Esto mismo ocurrió a nueve de los ochenta y dos heridos graves y a numerosos heridos leves.

Precisamente para aumentar la seguridad de los menores y reducir la gravedad de las lesiones o los accidentes con resultado de muerte, es por lo que se ha producido esta nueva reforma dela Leyde Seguridad Vial que entró en vigor, como indicamos, el pasado uno de octubre y cuyas piezas claves son las siguientes:

  • Los menores de edad de estatura igual o inferior a135 centímetrosdeben utilizar un sistema de retención infantil homologado y debidamente adaptado a su talla y peso que, además, deberá ser instalado en el vehículo siguiendo las instrucciones del fabricante que deben indicar de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura.
  • Los menores deberán viajar en los asientos traseros en todo caso con tres únicas excepciones: cuando el vehículo no disponga de asientos traseros, cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otro menores de las mismas características o cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil.
  • Si los menores viajan en los asientos delanteros en uno de estos tres casos siempre deben ir con el sistema de retención adecuado a su peso y talla. Si el vehículo dispone de airbag frontal, solo se pueden utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.

Ni un trayecto corto, ni la comodidad, ni las prisas, ni ninguna otra circunstancia puede servirnos como excusa para no dar cumplimiento exhaustivo a estas normas cuando la seguridad y el bienestar de los niños están en juego.

 

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