¿Estás pensando en ofrecer en alquiler una vivienda? Si dispones de una vivienda vacía y tienes dudas, aquí te ofrecemos algunas ideas a tener en cuenta que te pueden a ayudar a tomar una decisión:
1) Alquilar como vivienda habitual o por temporada. En el primer caso debes estar dispuesto a prescindir de tu inmueble por al menos tres años, que es la duración mínima que podrá quedarse el inquilino con independencia de que se haga constar en el contrato una duración inferior. En el alquiler por temporada, por ejemplo, en verano a turistas o de septiembre a junio a estudiantes, podrás recuperar la vivienda en el tiempo acordado. La decisión también tiene implicaciones fiscales, por lo que hay que hacer cálculos.
2) Elegir bien al arrendatario. Es importante comprobar que es una persona solvente. En el alquiler de vivienda puedes pedir una mensualidad de renta como fianza y dos en el alquiler para uso distinto del de vivienda, pero es recomendable solicitar otras garantías adicionales: un fiador solidario o un aval bancario. Valora también la posibilidad de contratar un seguro de alquiler y estudia sus límites. Si son varios los arrendatarios exige que todos figuren en el contrato, para que todos sean responsables del cumplimiento.
3) Emplear los servicios de una agencia inmobiliaria o encargarse personalmente de buscar arrendatario: Las agencias suelen cobrar por sus servicios una mensualidad de renta y te ayudan con el contrato. También puedes anunciarte en periódicos o páginas web. En cualquier caso no utilices formularios de contrato desactualizados. Ha habido reformas legales pero siguen circulando por internet muchos formularios que ya no están vigentes.
4) Con o sin muebles: Si el alquiler incluye muebles haz un inventario e incluye fotografías del estado en que se encuentran las cosas. No dejes en la vivienda cosas de especial valor o innecesarias.
5) Reparaciones y averías: En el alquiler de vivienda el arrendador debe hacerse cargo de todas las reparaciones que sean necesarias para mantener la vivienda en las condiciones en que se arrendó. El arrendatario responderá de los desperfectos que cause y de las pequeñas reparaciones que se deban al desgaste por uso ordinario. En el arrendamiento para uso distinto de vivienda puede pactarse esta cuestión, pero lo más habitual en caso de arrendamientos de temporada es seguir esta misma regla.
6) Renta: Averigua cuánto se paga por un alquiler de una vivienda similar en la misma zona. Puede hacerse constar en el contrato que el inquilino pague los suministros, el IBI y la cuota ordinaria de comunidad, indicando en el contrato a cuanto asciende una anualidad.
7) Impagos: Puedes instar un desahucio desde el primer impago. Es un procedimiento judicial con abogado y procurador de modo que implica unos gastos que sólo si hay condena en costas y el arrendatario es solvente, podrás recuperar.
8) Si no eres el único propietario de la vivienda debes ponerte de acuerdo con el resto para alquilar, pues todos los propietarios deben figurar como arrendadores y firmar el contrato. Si sobre la vivienda existe un usufructo el arrendador será el usufructuario y a él corresponden las rentas que se perciban.
9) Si tienes alguna duda legal consulta con un abogado experto en la materia.
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