Arancha tiene algunos problemas económicos y sabe que alguno de sus acreedores va a iniciar algún trámite para reclamar sus deudas. Nos pregunta si realmente es efectivo no recoger las notificaciones que le puedan llegar con las reclamaciones correspondientes, si con ello consigue evitar o alargar el momento del pago.
No es recomendable no recoger ningún tipo de notificación o comunicación que nos pueda llegar por vía de correos, del propio Juzgado o de cualquier administración. Aunque es posible que, dependiendo del tipo de notificación, algún trámite pueda sufrir algún tipo de retraso, son superiores las consecuencias negativas.
Con la no recepción no evitamos que continúe el procedimiento de que se trate, judicial o administrativo, o que la persona que nos la remite, si es un particular, vaya a cesar en su reclamación. Es fundamental conocer cuanto antes lo que se nos está comunicando para comprobar su contenido y adoptar las medidas oportunas cuanto antes, entre ellas, incluso la posibilidad de llegar a un acuerdo que solucione el problema de la mejor forma posible.