La propietaria de una comunidad nos indica que otra propietaria del edificio lleva sin pagar la cuota de comunidad desde el año 2010, habiendo sido condenada ya en dos ocasiones sin que se haya podido cobrar la deuda ni las costas del procedimiento puesto que tan solo cuenta con su vivienda (hipotecada y con un embargo previo importante) y una pensión que previamente está embargada en la cuantía máxima, de modo que no hay forma de recuperar ese dinero. Nos pregunta si no hay nada que se pueda hacer.
La situación que nos comentas, desgraciadamente, es muy frecuente en la actualidad. Salvo que la deudora mejore su situación económica, lo que no parece previsible en este caso, por vía de ejecución es casi imposible lograr nada. Ahora bien sucede a veces en alguno de estos casos que la vivienda termina sacándose a subasta, generalmente por los acreedores preferentes y, aunque no suela quedar remanente para los acreedores posteriores, en caso de adjudicarse el inmueble a un nuevo propietario, éste estará obligado a hacerse cargo de las deudas comunitarias de la anualidad en curso y del año natural anterior, además de empezar a pagar puntualmente nuevas cuotas y derramas.
A partir de ahí habría que seguir valorando la situación económica de la deudora, por si mejorase o se extinguiesen los embargos previos de la pensión, para ver si poco a poco se puede ir recuperando lo que haya quedado sin pagar.